FACUA-Consumidores en Acción ha reclamado a las compañías eléctricas que devuelvan a los usuarios las cantidades que vienen cobrándoles ilegalmente al hinchar el precio del alquiler de los nuevos equipos de medida.

Los consumidores que ya cuentan con contadores digitales continúan pagando en cada recibo el alquiler de los interruptores de control de potencia (ICP). Lo hacen pese a que los nuevos contadores instalados por las eléctricas, con una tarifa de alquiler mucho más cara que los antiguos, ya llevan incorporados sus propios limitadores de potencia.

Tras una denuncia presentada por FACUA el pasado abril, la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha resuelto en un informe fechado el 24 de noviembre de 2011 que “en aquellos casos en los que las empresas distribuidoras han facturado simultáneamente a sus clientes el alquiler del ICP y el del nuevo equipo de medida, debería reintegrarse a los mismos las cantidades correspondientes al alquiler del ICP”.

La CNE recuerda que ya señaló en un informe de 2009 que “la implantación de los nuevos equipos de medida debía conllevar la desinstalación del ICP colocado en el domicilio del cliente, ya que el nuevo contador incluye la función de control de potencia demandada mediante un elemento de corte”.

La tarifa por el alquiler de los contadores digitales, 81 céntimos mensuales antes de impuestos, es un 50% más elevada que los 54 céntimos de los antiguos. Y ello pese a que con los nuevos equipos las eléctricas no necesitan enviar a sus operarios a los domicilios de los clientes para realizar las lecturas.

No satisfechas con esta descomunal e injustificada subida de la que se están viendo beneficiadas, las compañías hinchan el alquiler de los equipos en 3 céntimos mensuales añadiendo la tarifa correspondiente a los limitadores de potencia, que ya no son necesarios al estar incorporados en los nuevos contadores.

FACUA ha instado a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Hidrocantábrico y E.On a que devuelvan las cantidades facturadas irregularmente a sus clientes. De no hacerlo, la asociación presentará las pertinentes denuncias contra el sector ante las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas.

La asociación argumenta que las eléctricas incurren en cláusulas abusivas, prohibidas por el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

El artículo 87.6 de dicha norma define como abusivas las estipulaciones que impongan “el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente”.

Asimismo, el artículo 41.1.d del Real Decreto Legislativo plantea como infracción “el incumplimiento de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas o cantidaders mínimas, o cualquier otro tipo de intervención o actuación ilícita que suponga un incremento de los precios o márgenes comerciales”.

Fuente: FACUA


El consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha abierto un expediente informativo para analizar el comportamiento de algunas empresas comercializadoras de electricidad en el mercado intradiario.

En una nota, el regulador indica que emprende esta acción en su función de supervisor del mercado mayorista de electricidad, y que el objeto de la misma se refiere a la conducta de comercializadoras que compran la mayor parte de la energía en el mercado intradiario.

Este mercado tiene como cometido atender los ajustes sobre el programa diario variable definitivo mediante la presentación de ofertas de venta y adquisición de electricidad por parte de los agentes del mercado.

Sin embargo, el organismo presidido por Alberto Lafuente considera que algunas de estas empresas no están utilizando este mercado para hacer ajustes, sino como mercado principal, ya que adquieren en él la mayor parte de la energía que comercializan.

La CNE pretende analizar este comportamiento y estudiar si es compatible con la normativa vigente, por lo que ha decidido abrir este expediente informativo.

Fuente: FACUA

El Ministerio de Industria ha anunciado que congelará la Tarifa de Último Recurso (TUR) de la luz en octubre, a pesar de la subida registrada en la subasta de electricidad de ayer entre comercializadoras, según han indicado a Europa Press fuentes del departamento dirigido por Miguel Sebastián.

La decisión del Gobierno parte de la voluntad política de Industria y supone aplicar una bajada de los peajes eléctricos en octubre que compense el incremento en el coste de la energía. Cada una de estas dos variables tiene un peso cercano al 50% en la fórmula de revisión trimestral.

A pesar de la bajada de los costes regulados del sistema, las fuentes aseguran que la medida no supondrá una acumulación de deuda eléctrica ni un incremento adicional del déficit de tarifa. Este viernes está previsto que se publique la orden ministerial con la medida y las explicaciones técnicas que la justifican.

La decimosexta subasta de electricidad entre los comercializadores encargados de suministrar la TUR se cerró ayer con una subida de entre el 9% y el 13%, lo que, trasladado a la fórmula de cálculo de la tarifa, supone una presión al alza del 5,9%.

Este es el incremento que habría de registrar la tarifa si Industria siguiese adelante en su propuesta de congelar los peajes eléctricos en octubre. El borrador de orden ministerial con esta medida había sido remitido a la Comisión Nacional de la Energía (CNE), que ayer emitió un dictamen sobre su contenido.

En su informe, el regulador considera necesario introducir medidas regulatorias con impacto inmediato sobre los costes de las actividades reguladas eléctricas que garanticen su sostenibilidad económica a corto plazo y atajen el problema del déficit de tarifa, que en términos acumulados supera los 22.000 millones.

Anterior bajada de peajes

La decisión de bajar los costes regulados de la tarifa para forzar una congelación no es nueva. El julio del año pasado, cuando circulaba una propuesta de subida del 10% de peajes y la subasta eléctrica marcaba un alza del 11%, Sebastián cerró un acuerdo con el PP para congelar el recibo.

Aquel acuerdo implicó un descenso en los peajes que la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) recurrió ante el Tribunal Supremo al considerar que vulneraba los principios de suficiencia tarifaria, de buena fe y de confianza legítima. Además, la medida se adoptó sin audiencia ante la CNE.

Subidas de la luz

En lo que va de año, la tarifa ha subido en dos ocasiones. La primera, en enero, consistió en un incremento del 9,8% provocado por el encarecimiento de la energía y acompañado de una congelación de peajes. La segunda, el octubre, fue del 1,5%, después de que el Gobierno también congelase los peajes.

En lo que va de año, Industria ha elevado en una ocasión estos peajes con el objetivo de equilibrar las cuentas del sistema eléctrico. En marzo, aprovechando un descenso en el precio de la electricidad, el Gobierno elevó un 10% el término que recoge los costes regulados, con lo que la TUR quedó congelada.

En 2010, la luz subió un 2,6%, en 2009 un 3,5% y en 2008 un 9,08%. El precio de la luz viene subiendo cada año desde 2003, aunque sólo desde 2006 (5,28%) lo hace por encima del IPC.

Fuente: FACUA


FACUA-Consumidores en Acción calcula que la subida de la luz aprobada por el Gobierno para este mes de julio aumentará la factura mensual del usuario medio en 1,02 euros (0,8235 más el 24,03% que representan los impuestos sobre la electricidad e IVA).

Teniendo en cuenta que en enero la luz subió 6,77 euros (5,45706 más impuestos indirectos) para el usuario medio, el incremento acumulado en lo que va de año supone ya un 7,79 euros mensuales, o sea, 93,48 al año.

La nueva subida supone un 11,8% con respecto a la última tarifa vigente en 2010, la de octubre, y un 1,4% sobre la aprobada en enero de este año.

El usuario medio utilizado por FACUA para realizar sus cálculos de subidas tarifarias tiene una potencia contratada de 4,4 kW y un consumo mensual de 366 kWh. Esta cifra es el resultado de un análisis efectuado por la asociación sobre más de 50.000 facturas eléctricas de viviendas ocupadas.

La subasta eléctrica, una pantomima

FACUA critica que el Gobierno continúe revisando la tarifa eléctrica a partir de la opaca subasta del mercado de la generación, un sistema que resulta una auténtica pantomima en la que las grandes empresas del sector fijan a su antojo el precio del kWh.

La política energética, denuncia la asociación, está plegada a los intereses de las empresas del sector, las cuales siguen sin competir en el mercado libre. Para FACUA, el objetivo de las eléctricas es que el Ejecutivo acabe eliminando la Tarifa de Último Recurso (TUR) o destinándola a un reducido porcentaje de usuarios para que la mayoría sean expulsados a un mercado libre con tarifas mucho más elevadas.

Según publica hoy el BOE, el precio del kWh en la modalidad sin discriminación horaria pasará a ser en julio, redondeando a dos decimales, de 17,65 céntimos (14,2319 céntimos más el 24,03% que representan los impuestos sobre la electricidad y IVA).

El término de energía, esto es, los kWh consumidos, representa el 87% del recibo de la luz para el usuario medio. El término de potencia, que supone el 13%, se mantendrá en 2,13 euros (1,719427 más impuestos indirectos) por kW.

La subida en el precio del kWh representa el 1,6% con respecto al vigente desde enero, 17,37 céntimos (14,0069 más ii.).

Subida de 7,79 euros mensuales en lo que va de año

El usuario medio pasará a pagar desde julio 73,99 euros (59,6542328 más ii.) mensuales.

La cifra está 1,02 euros (0,8235 más ii.) por encima de los 72,97 euros (58,8307328 más ii.) que abonaba con la tarifa aprobada el pasado enero, con lo que la subida representa un 1,4%.

Si se compara la evolución con respecto a la última tarifa aprobada en 2010, la de octubre, el incremento en lo que va de año ha sido del 11,8%. A finales del año pasado, el usuario medio pagaba 66,20 euros (53,3736728 más ii.) mensuales.

Fuente: FACUA


La sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la exclusividad de las cinco grandes eléctricas, que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC y E.ON, para ofrecer la Tarifa de Último Recurso (TUR) de luz, que es la única de carácter regulado a la que aún pueden acogerse los consumidores domésticos.

En una sentencia de comienzos de abril, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo anula el artículo 2 del real decreto 485/2009, en el que se designa a las cinco eléctricas como únicos comercializadores de tarifa de luz en todo el territorio nacional y se indica que esta lista será revisada al menos durante cuatro años.

Esta medida, defendida en su momento por el Gobierno al considerar que estas empresas eran las que podían asumir el riesgo de ofrecer tanto suministro libre como a tarifa, fue objeto de un recurso por parte de pequeñas comercializadoras con menos de 100.000 clientes, entre ellos algunas cooperativas eléctricas.

El Supremo ha anulado el artículo pese a rechazar uno de los dos argumentos de los demandantes, en el que se aludía a la falta de consulta previa con las comunidades autónomas. Esta consulta, asegura el tribunal, sí se produjo, e incluso vino acompañada de alegaciones por parte de los gobiernos autonómicos.

No obstante, el Supremo ha dado la razón a las pequeñas comercializadoras en otro aspecto, referido al “principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos” y al “límite a la potestad reglamentaria” que el mismo establece.

‘Criterios objetivos’

El tribunal entiende que “no se establecen criterios objetivos que permitan determinar por qué se excluye” a las pequeñas distribuidoras ni “cuáles son los presupuestos que deben servir para revisar la lista de empresas comercializadoras que asuman la obligación de suministro de último recurso de energía eléctrica”.

De hecho, entiende que el artículo supone “una norma reglamentaria ‘extralegem’, al no justificarse objetivamente las variables que se han tenido en cuenta para determinar singularmente qué comercializadores cuentan con los medios técnicos suficientes para garantizar el suministro y la atención de clientes de baja tensión”, ni por qué el resto carece de medios para desarrollar esta actividad.

Junto a esto, recuerda que el Consejo de Estado, en el análisis del artículo enjuiciado, expresó algunas dudas acerca de la falta de exposición de los motivos por los que se eligió sólo a las cinco grandes eléctricas como comercializadoras a tarifa.

‘No se extiende a la exclusión’

Por otro lado, el Supremo evita el vacío normativo que puede provocar la sentencia al aclarar que la anulación del artículo no supone la exclusión de las cinco eléctricas como comercializadoras de la tarifa de último recurso.

“La estimación del recurso contencioso-administrativo se circunscribe a la obligación del Gobierno de determinar los criterios o variables que condicionan, desde la perspectiva territorial, técnica, financiera y contable, la designación de los comercializadores de último recurso”, señala.

“Por tanto, no se extiende a la exclusión de las empresas comercializadoras de energía eléctrica designadas en el artículo 2 del Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica”, añade.

Fuente: FACUA


El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha resuelto que las cinco principales empresas eléctricas del país son responsables de sendas infracciones a la normativa de defensa de la competencia por haber obstaculizado el cambio de comercializador en el mercado libre y haber tratado de fijar precios a los grandes clientes en el marco de la desaparición del anterior modelo de tarifas reguladas.

El 17 de junio de 2009, la Dirección de Investigación de la CNC tuvo conocimiento, a través de la Asociación de Comercializadores Independientes de Energía (ACIE), de determinadas comunicaciones llevadas a cabo por Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU y Endesa Distribución Eléctrica, SLU relativas a la suspensión, por parte de las mismas, de la gestión telemática de solicitudes de baja tensión y el corte de operaciones.

Se trataba de un momento importante para la comercialización de energía eléctrica, porque el 1 de julio de 2009 desaparecían las tarifas y los consumidores domésticos y Pymes tenían que elegir comercializadora en el mercado libre.

Aquellos que no lo hicieran y tuvieran derecho a la llamada Tarifa de Último Recurso, pasarían inmediatamente a la Comercializadora de Último Recurso de la red del grupo.

A la vista de dicha información, la Dirección de Investigación inició una información reservada en el marco de la cual descubrió que el resto de las empresas habían enviado notas similares.

El 24 de junio de 2009, la Dirección de Investigación de la CNC decidió, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley de Defensa de la Competencia, incoar expediente sancionador contra los cinco principales grupos eléctricos y proponer al Consejo de la CNC la adopción de medidas cautelares, que fueron dictadas mediante Resolución de 1 de julio de 2009.

En agosto de 2010 se elevó propuesta al Consejo de la CNC proponiendo que se declarara la comisión de dos infracciones. En la primera, que habría afectado a las pymes y consumidores domésticos, las empresas eléctricas habrían acordado denegar datos para dificultar a las comercializadoras independientes el acceso a los datos sobre clientes que la Ley prevé, obstaculizar la aplicación de la normativa aprobada por el Gobierno para facilitar a terceros el acceso a esta información con el fin de retrasar este acceso y coordinar entre ellas el corte de las operaciones de gestión de las solicitudes de paso a mercado libre sin informar con la debida antelación y transparencia a terceros y contribuyendo a elevar las barreras a la entrada en un mercado en proceso de liberalización.

Todas estas actuaciones se habrían producido en el seno de Unesa, la asociación del sector que agrupa exclusivamente a las cinco eléctricas que representan el 99% de la energía comercializada a clientes domésticos.

En la segunda de las infracciones, las empresas eléctricas habrían acordado, también en el seno de Unesa, los precios y otras condiciones comerciales para los grandes clientes cuando salieran al mercado de cara a la desaparición de la tarifa regulada el 1 de julio de 2008.

En su resolución, el Consejo ha declarado acreditadas estas prácticas que considera muy graves. Se trata de unos servicios donde los clientes muestran mucha inercia y existen elevados costes de acceso, tanto para los clientes como para las comercializadoras independientes.

En este contexto, cualquier obstáculo adicional que se genere artificialmente por los operadores incumbentes favorece la permanencia del cliente en el grupo de electricidad al que viene conectado. Por ello, tales conductas tienen el efecto de elevar las barreras de entrada al mercado.

Esta concertación tiene el efecto adicional de reducir la intensidad competitiva entre las cinco principales empresas eléctricas que se coordinan en el seno de UNESA. Los datos ponen de manifiesto que las comercializadoras de cada grupo se han centrado en captar los clientes en el mercado libre fundamentalmente en las zonas de la red de distribución del grupo, lo que revela una escasa intensidad competitiva entre ellas en el periodo considerado 2006-2009.

El Consejo ha declarado responsables de estas prácticas a las cinco empresas eléctricas: Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Hidroeléctrica del Cantábrico y E.ON y también a UNESA, cuya colaboración ha sido esencial en el desarrollo de estas conductas.

En su Resolución el Consejo impone a las empresas multas de 26.615.000 euros a Endesa, 1.426.000 euros a E.On España, 8.811.000 euros a Gas Natural Fenosa, 1.847.000 euros a Hidroeléctrica del Cantábrico, 21.612.000 euros a Iberdrola y 900.000 a Unesa.

Fuente: FACUA


FACUA-Consumidores en Acción ha demandado a Endesa que rectifique la campaña de su Tarifa tranquilidad, en la que asegura que no subirá “el precio de la luz” durante los próximos tres años, al considerar que incurre en publicidad engañosa.

La campaña de Endesa utiliza reclamos como “Olvídate del precio de la luz con un descuento garantizado hasta Octubre de 2013″ y “yo quiero estar tranquilo, por eso me gustaría que el precio de la luz y el gas no subiera, por ejemplo, durante los próximos tres años”.

Sin embargo, FACUA advierte que la oferta de Endesa no garantiza la congelación del precio y además su tarifa por cada kWh consumido es actualmente superior a la fijada por el Gobierno, incluso tras el descuento del 6% anunciado.

Así, al revisar al detalle las condiciones reales de la mal llamada Tarifa tranquilidad, se observa que uno de sus elementos, el término de potencia, es igual al de la Tarifa de Último Recurso (TUR) fijada por el Ministerio de Industria, “según reglamentación vigente en cada momento”, por lo que si el Gobierno decide subirlo Endesa hará lo mismo.

Asimismo, en el término de energía, el precio de cada kWh consumido, Endesa también reconoce que las “tarifas de acceso y otros componentes regulados” también “podrán variar al alza o a la baja durante la duración del contrato”.

FACUA advierte que junto al reclamo engañoso de que el precio de la luz no subirá en tres años -o más bien en dos años y medio-, Endesa también puede confundir a los usuarios con la promesa de un descuento trampa.

Y es que la compañía asegura que aplicará un descuento del 6% sobre el término de energía, esto es, el precio de cada kWh consumido. Pero el término de energía de la Tarifa tranquilidad de Endesa es en la actualidad un 7% más caro que el fijado por el Gobierno, 18,62 céntimos/kWh (15,0107 más el 24,03% que representan los impuestos sobre la electricidad y IVA) frente a los 17,37 (14,0069 más impuestos) de la TUR.

Así, aún aplicando el descuento anunciado, con los que se queda en 17,50 céntimos/kWh (14,110058 más impuestos), la tarifa sigue siendo más alta que la establecida por Industria.

Fuente: FACUA


Comparador de ofertas de energía CNE

La C.N.E. ha puesto en marcha una aplicación que nos permitirá a los usuarios comparar las ofertas de gas y electricidad disponibles en el mercado. Las tarifas mostradas son las aplicables en el momento de realizar la consulta y abarca un período de dos años.
Los resultados evidencian lo que todos intuíamos: las compañías eléctricas están instaladas en una cómoda posición de falta de competencia y sin ningún ánimo de lanzar ofertas interesantes para los usuarios.
En cualquier caso, la C.N.E. aclara en su aviso legal que “el valor del coste de las ofertas que se muestra en el comparador constituye una estimación” y que “en modo alguno implica un precio garantizado.”
Para utilizar este comparador no se requerirá facilitar ningún dato personal, los datos se introducen en el cuestionario de forma totalmente anónima. Igualmente advierte que “la comparación pretende tener una utilidad informativa acerca de las ofertas existentes en el mercado” y que “en ningún caso constituye un compromiso contractual”.

La página web cuenta además con un vídeo tutorial para la correcta utilización de la aplicación:


FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a las principales comercializadoras eléctricas ante las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas por cobrar a los usuarios consumos no realizados en las facturas con lecturas estimadas.

FACUA ha pedido las administraciones de Consumo que expedienten a las comercializadoras de Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, E.On e Hidrocantábrico por el cobro de servicios no prestados a los usuarios, algo que se produce al facturar mensualmente leyendo los contadores cada dos meses.

Con ello, en la mitad de las facturas se refleja un consumo estimado y no real, basado en la energía consumida en el mismo periodo del año anterior. Así, en los casos en que que las estimaciones suponen más kWh de los realmente consumidos, las compañías cobran cantidades que descuentan en el siguiente recibo cuando realizan las lecturas de los contadores.

Estas prácticas, que FACUA considera contrarias a la legislación en materia de protección de los consumidores, son consecuencia del modelo de facturación impuesto por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que fue rechazado desde el principio por las asociaciones de consumidores.

Vulneración de la normativa de protección de los consumidores

En sus denuncias, la asociación argumenta que este cobro de consumos no realizados supone una práctica abusiva, y por tanto prohibida y sancionable, según lo establecido tanto en las normativas autonómicas de protección a los consumidores como en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Así, FACUA señala que las eléctricas vulneran, entre otros, el artículo 87.6 de la citada norma, que plantea como abusivas “las estipulaciones que impongan (…) el abono de cantidades o servicios no prestados efectivamente”.

FACUA ha presentado estas denuncias ante las administraciones de Consumo de dieciséis comunidades autónomas después de que la Comunidad de Madrid anunciase el pasado 25 de marzo un expediente sancionador de 3,87 millones de euros a tres eléctricas por los mismos motivos.

Asimismo, FACUA se ha dirigido al Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad para solicitarle que intervenga ante estas irregularidades y en el ejercicio de sus competencias haga prevalecer la legislación que protege los derechos de los consumidores sobre la regulación sin sentido impuesta por el Ministerio de Industira, Turismo y Comercio.

Facturación mensual impuesta por Industria

FACUA viene criticando la facturación mensual con lecturas de contadores bimestrales impuesta desde enero de 2009 por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ya que sólo ha traído perjuicios para los usuarios.

La asociación considera que la implantación de este modelo de facturación respondió a una estrategia para que los usuarios tuvieran la sensación de que pagaban menos justo cuando el Gobierno se disponía aplicar importantes subidas tarifarias.

El ministro de Industria, Miguel Sebastián, intentó justificar la factura mensual presentándola como “un derecho” para los consumidores que les permitiría “mejorar la gestión de sus gastos y planes de consumo”. Pero resulta obvio que ahora los usuarios no reciben una información del consumo real en ningún recibo: ni en el que incluye una lectura estimada del contador ni en el de la real, ya que en el segundo se suman o restan los kWh facturados de menos o más en la factura anterior.

De hecho, una encuesta realizada por FACUA en 2009 pone de manifiesto que el 91% de los usuarios consideraban que la factura mensual les perjudica. Además, siete de cada diez valoraban que les supone un peor control sobre su consumo eléctrico.

Fuente: FACUA


Esclarecedor artículo de Jesús Mota, publicado el pasado 7 de abril en El País, en el que habla sin tapujos de las prácticas perversas que utilizan las compañías eléctricas para inflar el precio de la electricidad, del oscuro sistema de cálculo de tarifas, del paripé y el engaño de la subasta CESUR y de la connivencia institucional y las responsabilidades políticas que se derivan de todo ello:

Desde 1998 la única tarea de las empresas reguladas ha sido acumular derechos reconocidos de retribución (cuyas consecuencias se conocen como déficit de tarifa) y hostigar a la Administración (Industria, Hacienda, Economía) para que se titulicen esos derechos al precio que sea, con la seguridad de que los sobrecostes y gabelas financieras caerán como un rayo sobre los bolsillos de los consumidores. El truco para esculpir tales derechos en el recibo de la luz se esconde detrás de la confusión entre costes reconocidos (montados sobre una ficción de precio de mercado, es decir, del mencionado rastrillo y de la campanuda subasta CESUR) y costes realmente incurridos. Las compañías eléctricas tienen en su mano elevar los costes o precios reconocidos. Pero lo que debería contar son los costes realmente incurridos, desconocidos por la opinión pública y (es de temer) por el Gobierno. Por esa razón la trivial proclama del consejero delegado de Endesa, Borja Prado, pronunciada con enfática seriedad, de que el Gobierno tiene que subir los precios de la electricidad para acabar con el déficit de tarifa, se merece como respuesta que la mejor manera de acabar con el déficit es que las empresas dejen de fabricarse e inflarse derechos reconocidos utilizando las grietas de la regulación. O que el Gobierno se lo impida, algo de lo que, al parecer, es incapaz.

Artículo completo en www.elpais.com/articulo/opinion/yugo/tarifa/electrica/elpepuopi/20110407elpepiopi_12/Tes