Luz verde para el autoconsumo

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El Consejo de Ministros del pasado viernes ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España. Con esta norma se completa el marco regulatorio que, impulsado por el Real Decreto-ley 15/2018, derogó en una primera instancia el denominado impuesto al sol, aportando certidumbre y seguridad a los usuarios.

Entre las novedades que introduce la nueva normativa está la habilitación de la figura del autoconsumo colectivo, que fomentará esta fórmula en las comunidades de propietarios o en polígonos industriales, así como la reducción de los trámites administrativos, especialmente en el caso de los pequeños autoconsumidores, y el establecimiento de un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida.

Efectos positivos

De facto, el Real Decreto hace viable el autoconsumo en España al permitir posibilidades de implementación que, hasta el momento, no estaban contempladas, destacando como motivos principales para su impulso «que tendrá un efecto positivo sobre la economía general, sobre el sistema eléctrico y energético y sobre los consumidores».

La ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, explicó en la rueda de prensa posterior que la extensión de esta fórmula «fomentará la actividad económica y el empleo local», por su carácter distribuido. Por ese motivo, desde Miteco abogan porque favorecerá la electrificación de la economía, permitiendo a España cumplir con sus obligaciones en materia de lucha contra el cambio climático, además de ofrecer una alternativa a los ciudadanos, que puede ser más ventajosa económicamente que el consumo de energía tradicional, y permitir la entrada de nuevos actores, y de la propia ciudadanía, en el sistema eléctrico.

A partir de ahora se clasifica y define las distintas clases de autoconsumo, acabando con la única posibilidad de un autoconsumo individual conectado a una red interior. La nueva norma eleva la figura del autoconsumo colectivo, de tal forma que varios consumidores puedan asociarse a una misma planta de generación, hecho que impulsará el autoconsumo en comunidades de propietarios o entre empresas o industrias ubicadas en una misma localización.

Además, se define el concepto de «instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas», una figura que permite realizar el autoconsumo tanto con instalaciones de generación situadas en la misma vivienda -única posibilidad contemplada hasta la fecha-, como en otras que estén ubicadas en las proximidades. Un ejemplo práctico es que se podrán instalar placas fotovoltaicas en edificios contiguos que tengan mejor orientación, siempre que haya acuerdo entre las partes.

Compensación de excedentes

Otra importante novedad que destaco Ribera es que la nueva normativa «introduce es la implantación de un mecanismo simplificado de compensación de excedentes», esto es, de aquella energía generada por instalaciones de autoconsumo y que no se pueden consumir instantáneamente. Si bien, hasta ahora el autoconsumidor que quería obtener una compensación por esta energía que se inyecta en la red debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige, el Real Decreto establece que «la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria en cada factura mensual».

Este mecanismo es aplicable para aquellas instalaciones con una potencia no superior a 100 kilovatios (kW), y siempre que produzcan electricidad a partir de energía de origen renovable. La compensación económica puede llegar hasta el cien por cien de la energía consumida por el usuario en ese mes.

Además, y en el caso del autoconsumo colectivo, el Real Decreto abre la posibilidad a que un consumidor pueda aprovechar los excedentes de su vecino y coparticipe de autoconsumo, si éste no está consumiendo su parte proporcional de energía.

Con el objeto de impulsar el desarrollo del autoconsumo y ofrecer facilidades a la ciudadanía, la norma establece las condiciones propicias para que todas las comercializadoras puedan ofrecer servicios de autoconsumo renovable, supervisando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la evolución del mercado. «En caso de que existan problemas de competencia, será la propia CNMC quien proponga al Gobierno el establecimiento de restricciones a determinadas compañías».

Simplificación administrativa

Es significativa también la reducción de los trámites administrativos que introduce el nuevo Real Decreto para todos los usuarios. Así, en el caso del pequeño autoconsumidor (instalaciones de hasta 15kW o de hasta 100kW, en caso de autoconsumo sin excedentes), se reducen a una única gestión: notificar la instalación de una planta de producción eléctrica en su correspondiente comunidad o ciudad autónoma. El registro estatal se nutrirá de la información remitida por las administraciones autonómicas. Además, para las instalaciones de menos de 100kW en baja tensión, las administraciones recabarán información a partir de los datos del certificado electrotécnico de la instalación.

Contempla la articulación de un procedimiento para que sea el distribuidor quien modifique el contrato de acceso de los pequeños consumidores que realicen autoconsumo y éste solo tenga que manifestar su consentimiento. Asimismo, se simplifican de forma radical las configuraciones de medida para que baste tan solo con «un único contador» situado en el punto frontera con la red de distribución, lo cual supone una reducción de costes.

En el caso de autoconsumo colectivo, también será necesario medir la energía generada con otro equipo para hacer el «reparto de energía» entre los consumidores participantes.

Un último elemento a destacar es que, desde el punto de vista de la seguridad industrial, se modifica el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión para regular los dispositivos «antivertidos y los kits autoenchufables!, garantizando que «el desarrollo del autoconsumo es compatible con la protección de las personas y equipos».