El Ministerio de Industria ha dado el pistoletazo de salida a la nueva tarifa regulada de la luz, denominada Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) que entró ayer en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado y que está ligado a la cotización del mercado mayorista de electricidad (pool).
El real decreto 216/2014, que afecta a 15 millones de usuarios, establece que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) comunicará antes del 15 de mayo la cantidad exacta que tendrán que devolver las eléctricas por la energía facturada en el primer trimestre.
El superregulador determinará la diferencia entre lo que ha marcado el mercado y el precio intervenido de 48,41 euros por megavatio que se fijó para el primer trimestre (tras la eliminación de la subasta eléctrica de diciembre que fijó un precio de 61 euros), en función de los perfiles de consumidores.
La buena noticia es que el pool ha estado hundido y ha cerrado el trimestre en un precio medio de 26,09 euros el MWh (33,62 euros el MWh en enero, 17,12 euros el MWh en febrero y 26,67 euros el MWh en marzo). La parte negativa de este cambio es que el mercado mayorista puede llegar a cotizar por encima de los 90 euros por megavatio, tal como ocurrió en diciembre.
Para dar una alternativa a aquellos que quieran evitar esta volatilidad, el Ministerio obliga a las eléctricas a ofrecer a todos los usuarios unas ofertas fijas anuales, que deberán ser comunicadas a la CNMC antes del próximo 15 de abril.
El problema que existe con esta oferta alternativa es que el consumidor será penalizado si rescinde el contrato antes del primer año. No ocurre así para los consumidores cuyo precio vaya ligado al pool, en tanto que podrán rescindir el contrato sin penalización y cambiarse de compañía o acudir a la oferta fija anual.
Según el real decreto, las eléctricas deberán emitir en las próximas facturas eléctricas una comunicación institucional del Gobierno donde se informa de todos los cambios.
Adaptarán los contratos sin penalización
Además, las compañías deberán adaptar antes del 1 de julio todos los contratos, sin penalización para los consumidores por estos cambios. Las eléctricas no podrán aprovechar los nuevos contratos para introducir servicios anexos, como el mantenimiento de instalaciones de eléctricas, algo que es muy habitual en el mercado libre.
La nueva normativa también contempla que antes de tres meses las comercializadoras de referencia, que son un total de ocho empresas, tendrán que adaptar sus sistemas de facturación al nuevo mecanismo. Precisamente, las eléctricas han lamentado el escaso periodo con el que cuentan para poner en marcha el nuevo sistema de facturación.
El decreto establece que se penalizará a las eléctricas en caso de que no cumplan con esta adaptación antes del 1 de julio. En concreto, en el caso de los consumidores con contadores analógicos la facturación se hará en función de medias diarias que se cruzarán con los tres perfiles de consumidores elaborados por Red Eléctrica. Los consumidores con contadores inteligentes que permiten la telegestión, en torno a un millón de usuarios, tendrán un precio en función de lo que marque el mercado cada hora.
No obstante, la disposición adicional quinta del real decreto indica que la entrada en vigor del mecanismo para los contadores digitales quedará condicionada a la publicación de una resolución de la Secretaría de Estado de Energía, para la que no se fijan plazos.
Fuente: el economista